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Debo manutención infantil y estaré en prisión por lo menos un año. ¿Se pueden reducir mis pagos?



Las nuevas reglas podrían ayudar a las personas que deben manutención infantil

Hasta hace poco, un deudor encarcelado (una persona que debe manutención infantil) debía pagar la misma cantidad mientras estaba en la cárcel o prisión que pagó antes del encarcelamiento. Ahora, los obligados que serán encarcelados por 12 meses o más pueden solicitar a la Oficina de Servicios de Manutención de Niños (OCSS) que cambie la cantidad de manutención que deben. La OCSS recalculará la obligación de manutención del deudor en función del potencial de ingresos real mientras esté encarcelado. Como resultado, es posible que muchos obligados encarcelados tengan que pagar menos de $5 por mes.

Desafortunadamente, no existe un proceso para que los tribunales o las prisiones informen a la OCSS sobre los obligados en esta situación. Las personas pueden informar a la OCSS si son enviadas a prisión por 12 meses o más y solicitar un cambio. Además, los abogados defensores deben informar a sus clientes y a la agencia. Esta posibilidad de reducir la cantidad de manutención infantil adeudada mientras está encarcelada puede reducir en gran medida la cantidad de manutención adeudada por una persona cuando sea liberada. Si un deudor no debe la manutención cuando es liberado, podrá llevarse a casa su cheque de pago completo.

Los obligados ahora también pueden tener la oportunidad de obtener privilegios de manejo limitados. Un alimentante no puede solicitar estos privilegios hasta que esté en desacato por falta de pago de la manutención. Actualmente, a un obligado se le puede suspender la licencia de conducir por falta de pago. Esta suspensión dura hasta que se realicen los pagos de manutención. El alimentante también tiene que trabajar con la OCSS para pagar el monto adeudado. Si el deudor aún no paga la manutención de los hijos, entonces se le puede acusar de desacato.

Para obtener los privilegios de conducir, el obligado debe tener una copia del extracto de su conductor del Registro de Vehículos Motorizados. Él o ella también debe tener una carta de su trabajador social de la OCSS que explique la necesidad de los privilegios de conducir. Un asistente social de la OCSS u otro representante de la OCSS también puede comparecer en persona. La OCSS considerará estas solicitudes de privilegios de conducir caso por caso. Solo los obligados acusados ​​de desacato pueden solicitar privilegios de conducción.

Este artículo fue escrito por la abogada sénior de Legal Aid, Susan Stauffer, y la asociada de verano de derecho familiar, Emma Knoth. y apareció en The Alert: Volumen 29, Número 2. Haga clic aquí para leer el número completo.

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