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¿Qué debo saber sobre el sistema de justicia penal si me enfrento a cargos penales potenciales o nuevos?



 

*Descargo de responsabilidad: La Sociedad de Ayuda Legal de Cleveland no maneja asuntos legales penales. Legal Aid solo puede ayudarlo con asuntos legales civiles. Si usted es un acusado criminal potencial o recientemente acusado, comuníquese con la oficina del Defensor Público local. Puede encontrar la oficina de su Defensor Público local aquí: https://opd.ohio.gov/wps/portal/gov/opd/county-public-defender/county-public-defender-contacts*

La policía quiere hablar conmigo sobre un delito penal, ¿qué debo hacer?

Tiene el derecho constitucional absoluto de no hablar con la policía ni con ningún funcionario sobre nada que pueda implicarlo en un delito. Puede elegir hablar con la policía, pero solo debe hacerlo si un abogado está presente con usted. Debe negarse a hablar con la policía o cualquier funcionario hasta que se comunique con un abogado. Eso es generalmente cierto independientemente de lo que haya hecho o dejado de hacer.

Si estoy siendo arrestado, ¿qué debo hacer?

  1. No discuta ni se resista al arresto.. El único buen momento para presentar sus argumentos es después de tener un abogado. No vas a convencerte de que no te arresten. Es muy posible que empeore las cosas al hablar.
  2. No está de acuerdo en permitir que la policía registre sus pertenencias o su propiedad. La policía puede registrar sin su consentimiento, pero no dé ese consentimiento o no podrá desafiar con éxito las acciones de la policía más adelante.
  3. No hable con la policía sobre su caso.
  4. No hable con nadie más sobre su caso, que no sea un abogado. Será transportado a la estación de policía y/oa la cárcel. Cuando llegue a la cárcel, se encontrará alojado con otras personas que han sido arrestadas. También interactuará con los oficiales de prisiones. NO HABLAR CON OTROS RECLUSOS NI CON LOS OFICIALES DE CORRECCIONES SOBRE SU CASO. Cualquier cosa que diga se puede usar en su contra y las personas en la cárcel a veces usarán lo que diga en su contra para tratar de llegar a un acuerdo en su propio caso.
  5. No hable con nadie por teléfono sobre su caso. Es posible que tenga la oportunidad de usar un teléfono para llamar a familiares, ya sea desde la estación de policía o en la cárcel. NO DISCUTA SU CASO EN ESTAS LLAMADAS. Estas llamadas no son confidenciales y generalmente se graban. Los fiscales revisan las cintas de estas llamadas para ver si ha dicho algo que puedan usar como evidencia en su caso.
  6. Trate de mantener la calma y ser paciente. Por lo general, verá a un juez dentro de aproximadamente 48 horas (aunque a veces es más largo durante el fin de semana). Si bien esto puede parecer mucho tiempo, es muy poco tiempo en comparación con lo que puede suceder si empeora su caso al hablar con las personas sobre su caso y que esa información se use en su contra.

No puedo pagar un abogado. ¿Cuándo y cómo obtendré uno?

Tiene el derecho constitucional a un abogado designado si no puede pagarlo. Tiene el derecho constitucional de no hablar con la policía sin la presencia de un abogado. Sin embargo, esto no significa que obtendrá un abogado designado cuando la policía lo interrogue por primera vez. En general, no recibirá un abogado designado hasta su primera comparecencia ante el tribunal. A menudo, el abogado que lo representa en la primera comparecencia ante el tribunal no será el abogado permanente que lo represente durante el resto de su caso. En los casos municipales, generalmente obtendrá su abogado permanente en su primer juicio previo. En los casos de delitos graves, generalmente obtendrá a su abogado permanente en la lectura de cargos de la acusación.

¿Qué sucede en mi primera audiencia e iré a la cárcel?

Casos de delitos graves: En un caso de delito grave, a menudo tendrá una comparecencia inicial en un tribunal municipal con el fin de informarle sobre los cargos, establecer una fianza y abordar la programación o renuncia de una audiencia preliminar. No se le pedirá que se declare culpable en este procedimiento y, por lo general, no recibirá a su abogado permanente. Si no puede pagar la fianza impuesta, irá a la cárcel hasta que pueda pagar la fianza o reducir la fianza a algo que pueda pagar. Ocasionalmente, en un caso de delito mayor, una persona será acusada directamente por un Gran Jurado y se saltará la comparecencia inicial. Si ese es el caso, entonces su primera audiencia en la corte será su lectura de cargos. En la lectura de cargos, se declarará inocente, recibirá a su abogado permanente, se le asignará su caso a un juez específico y se le fijará una fianza.

Casos municipales: En un caso municipal, su comparecencia inicial sirve como una audiencia para informarle sobre los cargos, establecer una fianza y asignar un abogado y el juez específico. Ocasionalmente, en casos de delitos menores, habrá una oportunidad de resolver los cargos en la comparecencia inicial mediante la celebración de un acuerdo de culpabilidad con la Ciudad. Si tiene alguna inquietud o pregunta sobre una oferta de declaración de culpabilidad o las consecuencias de declararse culpable o no impugnar, debe esperar para hablar con su abogado asignado.

Si estoy en la cárcel por un cargo criminal, ¿cómo salgo? ¿Cuáles son mis opciones con respecto a la fianza?

En su comparecencia inicial o lectura de cargos, el tribunal establecerá una fianza para asegurar su comparecencia en procedimientos futuros. En algunos casos, el tribunal establecerá una fianza personal, lo que significa que se asigna un valor en dólares a la fianza, pero no es necesario que pague nada para salir de la cárcel. En su lugar, firma documentos prometiendo comparecer ante el tribunal y cumplir con cualquier otra condición de liberación establecida por el juez. Si no se presenta, recibirá una orden de arresto y es posible que deba pagar el monto en dólares asociado con la fianza.

En otros casos, el tribunal establecerá una fianza en efectivo/garantía/propiedad (C/S/P). Se establecerá un valor en dólares y el efectivo, la garantía y la propiedad se utilizarán como "garantía" para su futura comparecencia ante el tribunal. Es posible que se le solicite que pague (o garantice) el monto total en dólares establecido o que solo se le solicite que pague el 10 % del monto en dólares, a discreción del tribunal.

Si recibe una fianza C/S/P o una fianza del 10 %, usted o alguien en su nombre puede depositar la fianza realizando una de las siguientes acciones:

  • Prestación de la fianza en persona en la Sala Penal de la Oficina del Secretario ubicada en el Segundo Piso del Centro de Justicia.
  • Publicación de la fianza por teléfono al (216) 698-5867. La publicación telefónica de una fianza requerirá una tarjeta de crédito y la capacidad de recibir y completar la documentación de la fianza (una cuenta de correo electrónico con la capacidad de imprimir y escanear la documentación o completar un PDF rellenable)

La Oficina del Secretario cobra una tarifa de $85 en todos los bonos en el momento de la publicación.

Si no puede pagar la fianza usted mismo, puede comunicarse con Bail Project, una organización sin fines de lucro que brinda asistencia de fianza gratuita a personas de bajos ingresos. El Bail Project generalmente no publicará bonos de más de $5000 (o bonos de $10,000 al 10 %), aunque puede hacer excepciones en ciertos casos. Si pueden ayudarlo, Bail Project pagará su fianza y brindará otro tipo de apoyo (por ejemplo, recordatorios de la corte) para ayudarlo a programar sus fechas de audiencia. Puede comunicarse con Bail Project llamando al (216) 223-8708 o visitando https://bailproject.org/cleveland/.

Si no puede pagar la fianza y Bail Project no puede ayudarlo, también puede celebrar un contrato con una compañía privada de fianzas. Según este acuerdo, usted paga una tarifa a la empresa (generalmente el 10 % más algunas tarifas de procesamiento) y la empresa garantiza el resto del monto de la fianza. La tarifa que pague a la compañía privada de fianzas no le será devuelta, incluso si comparece en todas las audiencias judiciales y cumple con todas las condiciones de liberación. Es aconsejable consultar con un abogado antes de contactar a una compañía de fianzas.

¿Cuándo recibiré información sobre las acusaciones en mi contra?

En su comparecencia o lectura de cargos inicial o antes, recibirá una denuncia o acusación que identifica los cargos penales en su contra. La información que recibe en la denuncia o acusación generalmente se limita a identificar el delito o los delitos, la(s) fecha(s) del(los) delito(s) y la(s) presunta(s) víctima(s) del(los) delito(s). Por lo general, no recibirá información más detallada sobre las denuncias hasta que tenga asignado un abogado permanente y reciba pruebas (por ejemplo, informes policiales, cámaras corporales, declaraciones de testigos, registros médicos) del fiscal. Su abogado luego compartirá esa información con usted. A veces, si el descubrimiento se designa como "Solo abogado", su abogado no puede proporcionarle una copia del descubrimiento, pero puede y debe repasar toda la información con usted.

¿Cuándo tendré la oportunidad de contar mi versión de la historia?

Cuando se le asigne un abogado, tendrá la oportunidad de tener comunicaciones confidenciales con el abogado y explicar su versión de los hechos. En este punto, el abogado actúa como intermediario. El abogado aboga en su nombre y en nombre de su historia ante el fiscal y el juez durante los procedimientos previos al juicio. No tendrá la oportunidad de hablar directamente con el fiscal o el juez en este momento; tampoco es recomendable hacerlo. Sin embargo, tiene el derecho constitucional a un juicio con jurado (o puede tener un juicio sin jurado) y el derecho constitucional a testificar en el juicio (o elige permanecer en silencio).

Un juicio sirve como la oportunidad de contar su versión de la historia, independientemente de si eligió testificar. Su abogado trabajará con usted para determinar si su defensa se centrará en interrogar a los testigos de la acusación, llamar a los testigos de la defensa o incluso llamarlo a usted como testigo en su propia defensa.

Si elige declararse culpable, tendrá la oportunidad de brindar su versión de los hechos para mitigar la posible sentencia impuesta por el tribunal.

Escrito por Cullen Sweeney, Defensor Público Jefe de la Oficina del Defensor Público del Condado de Cuyahoga

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