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¿Qué es una cuenta ABLE?



Ohio lanza la primera cuenta de ahorro e inversión de su tipo para que las personas con discapacidades paguen los gastos calificados sin poner en peligro la elegibilidad para los beneficios: el programa de cuentas Lograr una mejor experiencia de vida (ABLE). 

La Ley ABLE de 2014 es una legislación federal que autoriza a los estados a establecer cuentas para personas con discapacidades que están exentas de impuestos y no se cuentan al determinar la elegibilidad para programas de beneficios federales sujetos a verificación de recursos. En Ohio, se denominan cuentas ESTABLES. 

Las cuentas permitirán a las personas con discapacidades ahorrar e invertir sin perder la elegibilidad para ciertos beneficios federales, como SSI (puede tener hasta $100,000 en una cuenta STABLE sin que el SSI se vea afectado) o Medicaid. El programa STABLE está abierto a cualquier persona en todo el país que cumpla con los requisitos de elegibilidad, aunque las tarifas son más altas para las personas que viven fuera del estado. 

Los participantes pueden usar el dinero de la cuenta para gastos calificados, incluidos educación, atención médica, vivienda y transporte. 

Los participantes podrán elegir entre cinco estrategias de inversión diferentes que varían en niveles de riesgo, incluido un enfoque bancario que no ofrece riesgo y está respaldado por la Corporación Federal de Seguro de Depósitos. Para más información, ver  http://www.stableaccount.com/. 

Para ser elegible para una cuenta STABLE, usted o el beneficiario deben: 

  • Ser ciego o tener un impedimento físico o mental médicamente determinable que resulte en limitaciones funcionales marcadas y severas, y dicha condición se desarrolló antes de los 26 años y durará, o ha durado, al menos un año; 
  • Ser ciudadano estadounidense o residente legal; y 
  • Confirme uno de los siguientes: 
    • Son elegibles para recibir Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) o Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) debido a una discapacidad; 
    • Tener una condición incluida en la lista de la Administración del Seguro Social “Lista de Condiciones de las Asignaciones por Compasión”; 
    • Experimentar ceguera según lo determinado por la Ley de Seguridad Social; o 
    • Ha recibido y puede proporcionar, si se le solicita, un diagnóstico firmado de la discapacidad calificada por parte de un médico autorizado. 

Esta información se actualizó en abril de 2024.

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