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¿Existen protecciones de vivienda para sobrevivientes de violencia doméstica?



Sí, existe una ley federal, la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA), que prohíbe que un arrendador:

  1. Negarse a alquilar a un solicitante únicamente porque el solicitante es o ha sido víctima de agresión sexual, violencia doméstica, violencia en el noviazgo o acoso;
  2. Desalojar a un inquilino que es víctima de agresión sexual, violencia doméstica, violencia de pareja o acoso debido a amenazas o actos violentos cometidos contra la víctima, incluso si los actos tuvieron lugar en la propiedad e incluso si fueron cometidos por un miembro del hogar. o un invitado; y
  3. Retener a un inquilino que es víctima de agresión sexual, violencia doméstica, violencia de pareja o acoso a un nivel más alto que otros inquilinos de cualquier manera (ruido, daño a la unidad de alquiler, etc.).

Si bien se llama Ley de violencia contra la mujer, VAWA se aplica a todos los sobrevivientes de violencia doméstica, independientemente del género.

VAWA también creó opciones de transferencia de vivienda de emergencia en todos los programas federales de vivienda. Los sobrevivientes deberían poder transferirse a una unidad diferente para tener una vivienda más segura. Y, algunas autoridades de vivienda pública y proveedores de vivienda subsidiada dan preferencia a los sobrevivientes de violencia doméstica en sus listas de espera. Los sobrevivientes pueden obtener una vivienda subsidiada más rápidamente que si estuvieran en la lista de espera regular.

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