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¿Tengo derecho a intereses sobre mi depósito de seguridad?



Depende.

  • ¿Ha estado en la propiedad por más de seis meses?
  • ¿Es el depósito de seguridad que pagó más de $50 o el alquiler de un mes, lo que sea mayor?

Si su respuesta a ambas preguntas es "sí", entonces tiene derecho a intereses sobre su depósito. El arrendador le debe intereses a una tasa del 5% anual, sobre el monto del depósito que supere los $50 o su alquiler mensual, lo que sea mayor.

Por ejemplo, si su alquiler es de $700 por mes y pagó un depósito de seguridad de $1000, se le debe un interés del 5% anual sobre $300 (el monto de su depósito excede su alquiler mensual). Si su tenencia está subsidiada y su renta mensual es de $25, pero pagó un depósito de $150, tiene derecho a un interés del 5% anual sobre $100 (la cantidad por la cual su depósito excede los $50).

El arrendador está obligado a pagar anualmente los intereses adeudados sobre un depósito de seguridad al arrendatario.

Si pagó más de un depósito reembolsable, como un depósito por mascota además de un depósito de seguridad, puede sumar esos montos al calcular el interés que se le debe.

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